Peligroso para el medio ambiente

Los bultos que contengan materias peligrosas para el medio ambiente, deberán ir marcados, de manera duradera, con la marca para “materias peligrosas para el medio ambiente”, a excepción de los envases/embalajes simples, así como los embalajes combinados que contengan envases interiores de capacidad:

  • igual o inferior a 5 l para los líquidos
  • igual o inferior a 5 kg para los sólidos.

Sus dimensiones deberán ser de 100 mm × 100 mm, salvo en el caso de los bultos cuyas dimensiones obliguen a fijar marcas más pequeñas.


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